La edad de jubilación sube desde el 1 de enero: cuáles son los criterios para acceder a la pensión y cuánto se cobra

La reforma de las pensiones de 2013 obliga a subir la época de acercamiento a la pensión cada Año Nuevo. 

Arranca el nuevo año y con él llegan además los cambios en las pensiones. Desde este domingo 1 de enero aquellas personas que se quieran excluir con el 100% de la pensión tendrán que tener 66 primaveras y cuatro meses cumplidos. 

En concreto, esa será la época que se va a exigir para todos aquellos que hayan cotizado menos de 37 primaveras y nueve meses de pensión cuando lleguen a los 65 primaveras. Si se cumplen esos dos requisitos, la pensión podrá hacerse desde los 65 primaveras y se logrará el 100% de la pensión. 

Se prostitución de un cambio fruto de la reforma de las pensiones del 2013, que elevaba de forma progresiva la época de pensión de los 65 a los 67 primaveras, en un horizonte total de 15 primaveras. 

[Cuánto suben las pensiones en 2023]

Tal y como informa Europa Press, lo que no cambió con la reforma de 2013 es el requisito de cotización mínima para poder ceder a la pensión contributiva de pensión, que se mantuvo en al menos 15 primaveras, dos de los cuales deben estar comprendidos en los 15 primaveras anteriores a la pensión.

En el caso de que los trabajadores quieran ceder a la pensión parcial sin que la empresa haga un pacto de dimisión, la época mínima de acercamiento será la época ordinaria de pensión que en cada caso resulte de aplicación.

Pacto de dimisión

Si la empresa hace un pacto de dimisión para cubrir el tiempo de trabajo que deja de trabajar la persona que se jubila parcialmente, la época mínima de acercamiento para la pensión parcial será desde el 1 de enero de 2023 de 62 primaveras y cuatro meses si se tienen cotizados al menos 35 primaveras y nueve meses, o de 63 primaveras y ocho meses en el caso de que se tengan 33 primaveras cotizados.

Los nuevos pensionistas accederán ya con la modernización de las pensiones al 8,5%, fruto del IPC medio de noviembre de 2021 a 20222. De este modo, la pensión de pensión media se elevará unos 106,93 euros mensuales, hasta los 1.364,9 euros.

La prestación media en el caso de personas que hayan estado en el régimen genérico de trabajadores será sutilmente superior: hasta los 133 euros. La mensualidad ascenderá hasta los 1.539 euros. 

La subida del 8,5% elevará la mensualidad de la pensión de pensión mínima hasta los 955,1 euros mensuales en el caso de titulares con 65 primaveras (o más) con un cónyuge al cargo. Si no hay cónyuge, se quedarán en los 783 euros al mes. Si hay cónyuge pero no al cargo del pensionista, en los 743 euros.  

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