Los vocales subsanan los requisitos formales exigidos por el presidente suplente, Rafael Mozo, para celebrar de inmediato un Pleno extraordinario.
El corro mayoritario del Consejo Normal del Poder Legal ha propuesto este miércoles al presidente de la Sala de lo Contencioso-Burócrata del Tribunal Supremo, César Tolosa, y al magistrado de la Sala de lo Contencioso Burócrata del Supremo Pablo Lucas como candidatos al Tribunal Constitucional.
Aunque su pretensión auténtico era reservarse los nombres hasta el manifestación del Pleno extraordinario que solicitaron el pasado viernes, las pegas puestas por el presidente suplente, Rafael Mozo, para convocar esa reunión han llevado a los vocales conservadores a subsanar las omisiones formales esgrimidas en un escrito presentado esta mañana.
En él vuelven a insistir en la petición de un Pleno extraordinario para renovar el TC y presentan a sus dos candidatos de entre los seis nombres que seleccionaron en noviembre.
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Mozo se ha tomado cuatro días para comunicar al sector mayoritario que la petición de Pleno extraordinario estaba incompleta. Según les comunicó el martes por la tarde en un correo electrónico firmado como "El Presidente", "la petición así formulada no puede ser atendida" al no cumplir "las reglas de procedimiento 3 y 5, aprobadas en el Pleno extraordinario de 8 de septiembre de 2022”.
Se refiere al procedimiento que el Consejo Normal del Poder Legal aprobó para la opción de los miembros del TC. La regla tercera indica que "la convocatoria del Pleno tendrá sitio cuando lo acuerde el presidente por propia iniciativa o lo soliciten al menos cinco vocales. La solicitud de convocatoria del Pleno incluirá los nombres de dos candidatos/as".
La regla casa de campo señala que "las propuestas acompañarán el currículum de los candidatos".
Amenaza de querella
Mozo ha contestado a la petición de los vocales luego de que estos hayan transmitido que tiene la obligación procesal de convocar el Pleno extraordinario o se arriesga a una querella.
El presidente suplente esgrimió entonces la descuido de los requisitos formales acordados, pero el corro mayoritario advierte de que ahora, una vez subsanados, ya no tiene ninguna excusa para cercenar el derecho de los consejeros a la convocatoria inmediata de un Pleno en el que se vote la renovación del TC con la ley vivo.
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Siete de los nueve vocales que el pasado viernes solicitaron esa reunión extraordinaria firman el escrito presentado hoy luego de cerrar anoche los nombres de los candidatos y compendiar sus currículos. No lo firman ni Wenceslao Olea ni José María Macías.
Desde que el pasado día 9 el Gobierno, a través de los grupos parlamentarios del PSOE y Unidas Podemos, irrumpiera con una nueva reforma exprés para cambiar el sistema de opción de los miembros del TC por parte del CGPJ las estrategias se han invertido en el víscera de gobierno del Poder Legal.
El sector mayoritario, que ha venido demorando la opción de los candidatos desde septiembre, quiere ahora acelerar la votación con la ley vivo y de ahí la petición de un Pleno extraordinario.
Sabe que, sin un acuerdo previo, no hay posibilidades prácticas de sacar los nombramientos delante, pero sí quiere que se visualice que serán los vocales propuestos por PSOE e IU los que impedirán la renovación del TC y prefieran aplicar una reforma que representa, afirma, el "asalto del Gobierno a las instituciones y la destrucción de las reglas democráticas de consenso".
El sector minoritario, que hasta ahora ha insistido reiteradamente en la falta de convocar Plenos para sufragar a los miembros del TC, ha pisado el freno con la evidente intención de esperar a que el Parlamento apruebe la reforma y entre en vigor un sistema de opción preciso a sus intereses, aunque para ello tenga que desoír el derecho de los vocales a un Pleno extraordinario.
La reforma Bandrés
La reforma en marcha contiene todas las previsiones para que sea estimado el candidato preferido por el Gobierno, José Manuel Bandrés, cuya designación favorecerá que el futuro presidente de TC sea Cándido Conde-Pumpido.
Así, se suprime el quorum para la conformación del Pleno del CGPJ que se convoque para designar a los dos magistrados del TC y además se elimina el requisito de que sean nombrados por una mayoría de tres quintos, bastando la mayoría simple.
Encima, se limita la arte de los vocales para proponer y sufragar candidatos; se altera la norma constitucional de que la renovación del TC se haga por tercios y se suprime la competencia del Tribunal Constitucional para demostrar que los nuevos magistrados cumplen los requisitos legales.