El exviceconsejero de Empleo andaluz Agustín Barberá ingresa en prisión por el caso ERE

El exvicenconsejero de Empleo de la Trabazón de Andalucía, Agustín Barberá, ha ingresado en la prisión Puerto III de El Puerto de Santa María (Cádiz) para cumplir su condena de siete primaveras de prisión por el caso de los ERE. Su entrada se había aplazado por la petición de su defensa, al sufrir "una enfermedad trascendental e incurable".

El pasado 30 de marzo, la Audiencia de Sevilla dio un plazo de diez días al exviceconsejero para que entrara en prisión al considerar que en la calabozo puede tomar el tratamiento del cáncer que padece, rechazando así la solicitud de la suspensión de la pena privativa de independencia adecuado a la enfermedad que sufre.

Con el ingreso en prisión de Barberá, el expresidente de la Trabazón, José Antonio Griñán, es el final ex suspensión cargo condenado a prisión por el delito de malversación que permanece en independencia, a la prórroga de que termine el tratamiento de radioterapia que sigue por el cáncer de próstata que padece.

La Audiencia ya ha pedido a la defensa de Griñán que crónica de la conclusión del tratamiento para tomar una audacia sobre su ingreso en la calabozo.

Siete condenados en prisión por el caso de los ere

Ahora se encuentran en prisión siete de los ocho ex altos cargos socialistas de la Trabazón de Andalucía condenados a penas de calabozo por el caso de los ERE: cuatro exconsejeros (José Antonio Viera, Francisco Vallejo, Carmen Martínez Aguayo y Antonio Fernández), dos exviceconsejeros (Jesús María Rodríguez y Agustín Barberá), y un exdirector común de la empresa pública Idea (Miguel Bendito Serrano).

En un automóvil, la Audiencia exponía que Barberá no padece "una trascendental enfermedad cuya permanencia en prisión suponga un aventura para su vida", ya que, aunque el cáncer es incurable el tratamiento puede ser dispensado en el centro penitenciario, "con las revisiones hospitalarias a que deba ser sometido".

La Audiencia de Sevilla considera que "es necesario distinguir entre aquellas personas gravemente enfermas cuya permanencia en un centro penitenciario pueda suponer un aventura cierto para su vida y su integridad física, y aquellas otras personas gravemente enfermas que, no obstante permanecer ingresados, pese a lo incurable de su enfermedad, tienen una expectativa de vida que no tiene por qué ser corta".

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