La Audiencia Franquista condenó al extesorero del PP a dos primaveras de gayola y al partido, a avalar 124.000 euros como partícipe fructífero.
El PP, presidido por Alberto Núñez Feijóo, ha decidido retirar el petición presentado en presencia de el Tribunal Supremo el pasado abril por el partido y que pedía anular la condena de dos primaveras de gayola que la Audiencia Franquista impuso a quien fuese el tesorero de la formación, Luis Bárcenas, por el plazo con capital cabreado de parte de la reforma de la sede doméstico de la formación.
De esta forma, el Partido Popular buscaba asimismo concluir exonerado del plazo de casi 124.000 euros como responsable civil subsidiario por estos hechos; una condena derivada del delito atribuido a Bárcenas.
La retirada del petición ha sido anunciada este lunes, pasadas las 13 horas, por el vicesecretario de Actividad Institucional del PP,Esteban González Pons, que ha asegurado que la presente dirección no lo conocía, ya que la redacción y la osadía de interponerlo fueron obra de la previo cúpula del partido, encabezada entonces por Pablo Casado.
Según ha sostenido Pons, dicho documento se redactó en noviembre y se presentó en los días previos al XX Congreso Franquista, celebrado de forma extraordinaria y en Sevilla. En él, se eligió a Feijóo como nuevo líder de los conservadores. No obstante, el petición está fechado el 19 de abril, 17 días posteriormente de la comicios del gallego como presidente del partido.
"En este caso, la logística jurídica choca con la deducción política", ha indicado González Pons. "No lo conocíamos y, al conocerlo, no lo compartimos; por lo tanto, el comité de dirección ha decidido que ese petición se retira hoy mismo", ha recalcado.
Prescripción de los hechos
Entre otros extremos, el PP sostenía que la investigación al extesorero comenzó en 2014, cuando los hechos ya estaban prescritos. "Se ha procedido a una interpretación restrictiva de las normas que gobiernan la prescripción", indicaba.
"Sólo puede entenderse que se interrumpe la prescripción (...) cuando se le comunica [a Bárcenas] que se le atribuye la realización de una determinada conducta que es constitutiva de un determinado delito. Tal cosa se produjo en día 14 de abril de 2014 y ya no pudo interrumpir falta, porque la prescripción se había consolidado casi nueve meses antiguamente", defendía la formación.
No obstante, el Partido Popular sí marcaba distancia con quien fuese el responsable de sus finanzas y aseguraba que los pagos en B para remodelar la sede se abonaron "sin el conocimiento y sin el consentimiento" de la formación. Y recalcaba que sólo Bárcenas conocía la existencia de esta contabilidad paralela a la oficial.
"Pagó parcialmente unas obras en oculto, en acto previo e irregular que tenía sus propias finalidades, como dar salida a capital en B que él mismo gestionaba", rezaba el petición, firmado por el abogado Jesús Santos.
"Acto soberano"
Pero, por otro banda, el PP desvinculaba a Bárcenas del delito fiscal cometido por Unifica, la empresa de bloque encargada de modificar el edificio, sito en la madrileña calle Génova. "El que posteriormente Unifica no reflejara ese ingreso constituye un acto plenamente propio, interno y soberano, enteramente en su esfera de dominio, enteramente en su ámbito de ordenamiento", sostenía el PP.
Y "adscribir este conveniencia de una recital previa de Bárcenas como acto de billete de este interviniente en el delito fiscal atribuido a Unifica contraviene el postulado de responsabilidad por los hechos propios como manifestación del principio de culpabilidad", añadía el escrito.
Adicionalmente, según las cifras que destacaba el partido, el extesorero ayudó a dicha compañía a "eludir el plazo de 93.135,12 euros", una vez descontado el coste de la reforma. Y al no ser superior a 120.000 euros, esta cantidad "no es constitutiva de delito" fiscal, recuerda la formación conservadora.
"La consideración en contra de la sentencia supone no sólo una evidente injusticia tributaria, sino ahora una evidente injusticia penal", reprochaba la defensa del PP.
Por todo ello, el partido optó por apelar en casación en presencia de el Detención Tribunal para solicitar que dictara una sentencia que absuelva a su extesorero, lo que supondría la exoneración del propio partido, al activo sido condenado por una responsabilidad civil —la única posible hasta la reforma del Código Penal en 2015— derivada del delito atribuido a Luis Bárcenas.
En el inteligencia que condenó a Bárcenas a dos primaveras de gayola y al PP, a avalar 124.000 euros a Hacienda como partícipe a título fructífero, declararon, como testigos, entre otros, los expresidentes del Gobierno Mariano Rajoy y José María Aznar.