Alude a posibles delitos de prevaricación y malversación por contratos hechos por el investigado como corregidor de Trujillo al ganancia de la licitud.
El magistrado del Tribunal Supremo que instruye una causa con el diputado del PP Alberto Casero aprecia indicios de prevaricación y malversación de fondos públicos por contrataciones menores que realizó cuando fue corregidor de Trujillo (Cáceres), por lo que ha propuesto a la Sala Penal que dirija un suplicatorio al Congreso para que pueda proseguirse el procedimiento e inculparle.
Casero no ha convencido al magistrado Andrés Palomo para que archivase la causa.
El parlamentario declaró voluntariamente como investigado el pasado 20 de junio y posteriormente envió documentación al instructor para poner de manifiesto la desidia de personal en el Junta de Trujillo en 2017 y 2018, que el único diplomado en Derecho era el secretario y que la Intervención sólo puso reparos a posteriori, para el plazo de las facturas, pero nadie le informó de que el procedimiento de contratación fuera incorrecto.
Admitió, así, que pudo acontecer irregularidades administrativas, pero no delitos.
La causa contra Casero es consecuencia de la admisión, por parte del Tribunal Supremo, de una exposición razonada de la jueza de Trujillo Patricia Gutiérrez, que investigó contratos y acuerdos firmados por Casero omitiendo los requisitos esenciales de la contratación pública: no siguió procedimiento oficinista alguno, no intervinieron los órganos competentes, no hubo publicidad y la adjudicación fue a dedo.
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A entendimiento del instructor del Supremo, los indicios contra Casero se basan esencialmente en las diligencias practicadas por el Judicatura de Primera Instancia e Instrucción n° 2 de Trujillo.
En ellas aparece ("a título meramente indiciario y provisorio") que Casero concertó con diferentes personas y entidades contratos de servicio, patrocinio o convenios “incumpliendo todo tipo de formalidad exigida al propósito por la legislatura aplicable en cada caso”.
Según el instructor, “los diversos episodios de la conducta relatada, resultante de los referidos indicios fundados, no solo supone reiteradas y admitidas irregularidades administrativas, sino un modo de proceder del aforado que identifica su voluntarismo al ganancia de cualquier interpretación con un resquicio de racionalidad del ordenamiento legal; con vedadas contrataciones verbales o sin tramitación ni publicidad alguna en los supuestos que la cuantía lo requería, elusión de los mecanismos de control, aceptación directa de pagos por la integridad de los servicios que adicionalmente de periódicos se prestaban a entidad en la que el municipio sólo era una parte; plenamente subsumibles en el ilícito de prevaricación”.
Aunque la jueza de Trujillo sólo apreciaba un posible delito de prevaricación, el instructor del Supremo, en sintonía con la Fiscalía, considera que pudo acontecer todavía malversación.
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Los indicios muestran que Casero se "excedió en sus facultades de compañía del patrimonio del Junta causando un efectivo perjuicio al mismo, cuya cuantía, en este momento indiciario, superaría los 50.000 euros, en relación a aquellos pagos que no competían al Junta o se realizaron por servicios no prestados”.